El autor de una obra, o quien tenga los derechos de la explotación de la misma, puede optar por ceder determinados derechos de explotación en favor de la sociedad, con el fin de contribuir a la difusión de la cultura y la ciencia.
Con esta finalidad de gestionar autorizaciones de uso sobre una obra han surgido las licencias Creative Commons. Permiten concretar qué derechos se reserva el autor o licenciatario y cuáles cede, y lo hace en base a cuatro tipos de derechos que combinados entre sí dan lugar a seis tipos de licencia Creative Commons. Los derechos son estos:
Reconocimiento (Attribution): Sólo hay que reconocer la autoría de la obra. | |
No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales. | |
Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear una obra derivada. | |
Compartir Igual (Share alike): Se autorizan obras derivadas siempre que las nuevas mantengan la misma licencia |
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