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El autor de una obra, o quien tenga los derechos de la explotación de la misma, puede optar por ceder determinados derechos de explotación en favor de la sociedad, con el fin de contribuir a la difusión de la cultura y la ciencia.

Con esta finalidad de gestionar autorizaciones de uso sobre una obra han surgido las licencias Creative Commons. Permiten concretar qué derechos se reserva el autor o licenciatario y cuáles cede, y lo hace en base a cuatro tipos de derechos que combinados entre sí dan lugar a seis tipos de licencia Creative Commons. Los derechos son estos:

Reconocimiento (Attribution):

Sólo hay que reconocer la autoría de la obra.

No Comercial (Non commercial):

La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.

Sin obras derivadas (No Derivate Works):

La autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear una obra derivada.

Compartir Igual (Share alike):

Se autorizan obras derivadas siempre que las nuevas mantengan la misma licencia.

Consulta más información sobre las licencias Creative Commons