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¿Cómo asigno permiso ERT a otra persona?

El permiso lo tiene automáticamente quien ocupa ciertas plazas administrativas en la ERT. Esa persona puede asignar el permiso a otra persona desde la intranet, opción Herramientas -> Gestión sobre permisos de acceso a las aplicaciones corporativas -> Consulta personal de aplicaciones con acceso -> Aplicación TFG/TFM - TFG_TFM, opción administrar usuarios.

¿Cómo asigno permiso RRII a otra persona?

El permiso lo tiene que asignar cualquier persona con rol ERT. Lo puede hacer desde la intranet, opción Herramientas -> Gestión sobre permisos de acceso a las aplicaciones corporativas -> Consulta personal de aplicaciones con acceso -> Aplicación TFG/TFM - TFG_TFM, opción administrar usuarios.


¿Cómo asigno permiso VISOR_ERT a otra persona?

Este permiso permite acceso de sólo lectura a la información de la ERT.

El permiso lo tiene que asignar cualquier persona con rol ERT. Lo puede hacer desde la intranet, opción Herramientas -> Gestión sobre permisos de acceso a las aplicaciones corporativas -> Consulta personal de aplicaciones con acceso -> Aplicación TFG/TFM - TFG_TFM, opción administrar usuarios.

¿Por qué no salen algunos trabajos de un plazo en oferta pública?

Cuando se publica la oferta de un plazo, todos los trabajos en estado Aprobado por ERT pasan a estado Ofertado. Si posteriormente validamos nuevos trabajos en el mismo plazo, estos ya no se ofertan y por tanto los alumnos no pueden preseleccionarlos.

Si queremos que los nuevos trabajos validados también se oferten tenemos que retirar la oferta y volverla a publicar.


¿Por qué no me sale un alumno para asignarle trabajo?

En estos casos tenemos que comprobar:

  • El alumno tiene matrícula activa en el curso actual en la asignatura TFG/TFM. Si es matrícula en movilidad, el trabajo tendrá que ser de tipo movilidad
  • El alumno no tiene asignado otro trabajo ordinario ni en movilidad


¿Cómo puede un alumno renunciar al trabajo?

Si el trabajo no ha sido aprobado por la ERT, se puede editar y quitar directamente al alumno.

Si ya ha sido aprobado, el alumno tiene que hacer la solicitud al margen de la aplicación, y la renuncia debe aceptarla la CAT desde la aplicación.


¿Por qué no me aparece una solicitud de cambio de título?

En estos casos tenemos que comprobar:

  • El alumno ha realizado la solicitud
  • Hemos filtrado por los tres estados posibles que hay en formulario (pendientes, aceptados, rechazados)


¿Por qué un/a alumno/a no puede hacer una solicitud de cambio de título?

Para poder solicitar el cambio de título el trabajo tiene que estar aprobado (estado Asignado a alumno).

Si el estado es Propuesto por tutor, el tutor podrá modificar el título. Para el resto de estados distintos de Asignado a alumno, como ERT podemos:

  • Cambiar el título directamente en menú TFG/TFM >> TFG/TFM.
  • Aprobar el trabajo y que el alumno haga la solicitud de cambio de título por la aplicación.

Si ya tiene el estado Asignado a alumno, el motivo más frecuente es porque haya alguna convocatoria de defensa abierta en la titulación. En esos casos se puede:

  • Que espere a que finalice la convocatoria para que lo solicite.
  • Como ERT cambiar el título directamente en menú TFG/TFM >> TFG/TFM.

Tampoco podrá hacer la solicitud de cambio de título si:

  • ya tiene una pendiente -> hay que esperar a que la apruebe o rechace la CAT.
  • ya tiene una solicitud de defensa -> habría que anular solicitud de defensa, cambiar el título, y volver a hacer la solicitud de defensa (posiblemente tengamos que ampliar la convocatoria de defensa o crear una nueva para el alumno/a).


¿Cuál es el procedimiento en el caso que no pueda identificar al Cotutor externo con un número de identificación porque no me lo quieren facilitar y lo desconozco?

En caso de que al dar de alta no dispongamos del DNI, nie o pasaporte, tendremos que seguir el procedimiento descrito en la siguiente página.


Estoy intentando desactivar una notificación y no me deja.

Es posible que la notificación sea considerada de tipo “Automática” y por ese motivo Ebrón no permite desactivar este tipo de notificaciones. Si es así no va a ser posible desactivar este tipo de notificaciones, a no ser que se realiza la desactivación a nivel global de toda la ERT, pero esto afecta al resto de notificaciones.


Estoy intentando dar de alta un tutor en un plazo interuniversitario y no aparece en el desplegable de profesores.

Para que el profesor se pueda asignar como Tutor en el plazo de oferta Interuniversitario es necesario que conste en el registro de Personal (empleados UPV) como Personal Temporal de Posgrado (PTP) durante el curso actual. Estas personas aparecen adscritor al departamenteo "Z-Externos Posgrado" (cod 96) y se dan de alta desde el SEPQ, por lo que si no está dado de alta no aparecerá. Deberán solicitarlo a dicha unidad para que lo den de alta.


Estoy intentando dar de alta un trabajo y a la hora de asignarle el alumno me dice que no puedo porque el alumno ya tiene un trabajo asignado

Es posible que el alumno tenga un trabajo ya asignado en la misma titulación y por eso no se puede asignar otro hasta que el anterior no esté defendido. Ahora bien, puede ocurrir que el alumno defendiese el trabajo y obtuviera una calificación de No-Apto en la defensa. En estos casos, Ebrón permite que el alumno pueda volver a defender en el mismo trabajo que tenía ya asignado (opción Renovar asignación), pero si lo que se pretende es asignarle otro distinto, no se puede. Podríamos intentar desvincularlo, pero Ebrón tampoco deja y eso causaría malentendidos dejando el trabajo sin asignación. En estos casos lo que se debe hacer es abrir una incidencia al CAU.


¿Cuál es el procedimiento a seguir cuando un alumno ha suspendido la defensa y quiere renunciar al trabajo en este curso?

Si el trabajo está suspendido (No-Apto en la defensa) y está pendiente de desvincular porque han pasado más de 2 años, puede hacerlo la Ert desde la pantalla de Gestión de Desvinculaciones.

En cambio, si el trabajo está suspendido (No-Apto en la defensa) y el trabajo es de este curso o del anterior, no cabe una desvinculación, sino una Renuncia. La gestión de las Renuncias pertenece a la CAT y es ésta quien la debe realizar.



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