Desde esta opción la CAT tiene la posibilidad de aceptar/rechazar las solicitudes de defensa con restricción de publicidad (si el trabajo no fue ofertado como confidencial) o presentación por videoconferencia[1]. Tener en cuenta que si el trabajo fue ofertado como "Confidencial", se presentará necesariamente con restricción de publicidad.
Figura 1 Acceso para gestionar solicitudes de defensa
Al acceder a la pantalla, filtrando por curso y convocatoria de defensa aparecerá una lista con todas las defensas recibidas con restricción de publicidad o videoconferencia. Se puede realizar filtrado por título, tutor y alumno (ver Figura).
Figura 2 Acceso para gestionar TFG/TFM
Seleccionando la opción Editar del menú desplegable correspondiente a cada fila, se accederá a la información relativa al TFG/TFM en cuestión. Si se presiona el botón “Descargar restricción de publicidad”, se descargará la documentación que el alumno ha adjuntado para justificar la restricción de publicidad.
Mediante el botón Obtener informe se puede obtener el informe de No Apto del alumno generado por el secretario del tribunal. Este botón está disponible si el secretario ha generado el informe de No Apto.
Figura 3 Gestión de un TFG/TFM
La CAT podrá descargarse el TFG/TFM y si la solicitud aún no está aprobada, validar o rechazar la solicitud de defensa del alumno. Es importante indicar que si la solicitud ya ha sido validada por la Ert (por no tratarse de solicitudes con Confidencialidad), no le será posible validarla de nuevo a la Cat aunque le aparezca en el listado. Además, en caso de que ya esté defendida la solicitud no nota, tambien se le indicará en el listado.
En caso de rechazarla, deberán indicar obligatoriamente el motivo del rechazo. En este caso el alumno deberá volver a realizar la solicitud y subir la documentación en el perido comprendido entre la fecha en que se realiza el rechazo por parte de la Ert/Cat más el número de días fijado en parámetro de configuración Plazo subsanación rechazo solicitud de defensa (en días). La fecha límite será independiente de que haya finalizado o no el plazo de registro de solicitudes de defensa por el alumno (indicado en la convocatoria) o incluso de que hayan comenzado las defensas.
Añadir que, en el hipotético caso en que el alumno ya dispusiera de una sesión de defensa programada, no se le dejará subir la documentación de nuevo.
El alumno dispondrá hasta las 23:59 horas del día que se corresponda con la fecha tope indicada a partir de la fecha de rechazo.
Una vez aprobada ya puede ver la solicitud la ERT y podrá asignarle sesión de defensa.
Además, en aquellos casos en que la solicitud de defensa, con acuerdo de Confidencialidad o Videoconferencia, ya estuviese defendida con Apto, también se le informará a la Cat a través de esta pantalla.
Figura 4 Lista de defensas con indicación de Defendida con nota.
[1] La ERT puede consultar estas solicitudes pero no tiene la opción de validarlas o rechazarlas.



