Según la Normativa, art.3, apartado 3, dice así:
"3. El TFG o TFM realizado en colaboración con empresas o instituciones deberá formalizarse mediante un convenio de cooperación educativa, en el que deberá existir obligatoriamente un cotutor externo con relación contractual con la empresa o institución en la que se desarrolle dicho trabajo. ..."
Por tanto, para trabajos en movilidad y de prácticas de empresa, es requisito esencial que se introduzca un tutor externo.
Esto se realiza desde la misma pantalla de selección de personas a la hora de añadir el Cotutor externo o Director experimental de un trabajo.
Figura 1. Selección de Cotutor externo o Director experimental
En todo caso, puede ocurrir que estemos dando de alta un profesor externo desde Ebrón y no dispongamos de los datos más relevantes como son el dni, pasaporte, etc... . En ese caso, el procedimiento a seguir está descrito en el siguiente documento: