Según la Normativa, art.3, apartado 3, dice así:
"3. El TFG o TFM realizado en colaboración con empresas o instituciones deberá formalizarse mediante un convenio de cooperación educativa, en el que deberá existir obligatoriamente un cotutor externo con relación contractual con la empresa o institución en la que se desarrolle dicho trabajo. ..."
Por tanto, para trabajos en movilidad y de prácticas de empresa, es requisito esencial que se introduzca un tutor externo.
En todo caso, puede ocurrir que estemos dando de alta un profesor externo desde Ebrón y no dispongamos de los datos más relevantes como son el dni, pasaporte, etc...
El procedimiento a seguir está descrito en el siguiente documento: