- -

Árbol de páginas

¿Dónde puedo compulsar el título?

Si desea compulsar su título expedido por la Universitat Politècnica de València debe dirigirse a la Unidad de Títulos del Servicio de Alumnado.

La solicitud de compulsa del título devenga la tasa establecida en el Decreto de Tasas del curso en vigor. Puede consultar la tasa vigente en: Tasas de compulsa de títulos

¿Cómo se legaliza un título universitario oficial?

La legalización del título como documento académico oficial universitario que ha de surtir efectos en el extranjero es un proceso convenido con carácter internacional.

Requiere de una fase previa de reconocimiento de firmas por parte de las correspondientes autoridades españolas, a efectos de su posterior legalización por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. No obstante, para los países firmantes del Convenio de La Haya de 8 de octubre de 1961, se establece un procedimiento simplificado. En todo caso la Título debe ir con firma manuscrita , bien del Director/a o Decano/a del Centro por delegación de firma del Rector, o directamente por el Rector de la UPV. Para ello debe acudir a su Centro. Además en el caso de los estudios de grado, máster y nuevo doctorado debe incluir necesariamente el número de Registro Nacional de Títulos. A continuación se detallan los pasos que debes seguir para su legalización.

Si pertenece a un país firmante del Convenio de la Haya los pasos a seguir son los siguientes:

1º Secretaría General de la UPV (reconocimiento de firma documento expedido) Segundo piso, Edificio Rectorado

2º Ministerio de Educación (reconocimiento de firmas)

Delegación de Gobierno en la Comunidad Valenciana (sustituye al Ministerio de Educación de Madrid)

Alta Inspección de Educación

C/ Joaquín Ballester, 39

46009 Valencia – Tfno. 96 307 94 74

3º Ministerio de Justicia (legalización)

Secretaría del Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (sustituye al Ministerio de Justicia en Madrid).

C/ Palau de Justicia, s/n

46003 Valencia – Tfno. 96 387 69 22

 

Si pertenece a un país no firmante del Convenio de la Haya los pasos a seguir son los siguientes:

1º Secretaría General de la UPV (reconocimiento de firma documento expedido)

                        Segundo piso, Edificio Rectorado

2º Ministerio de Educación (reconocimiento de firmas)

Delegación de Gobierno en la Comunidad Valenciana (sustituye al Ministerio de Educación de Madrid)

Alta Inspección de Educación

C/ Joaquín Ballester, 39

46009 Valencia – Tfno. 96 307 94 74

3º Ministerio de Asuntos Exteriores (legalización)

C/ Juan de Mena, nº 4

Madrid – Tfno. 91 379 16 10

4º Representación diplomática o consular en España del país donde debe surtir efecto el documento. 

¿Cómo se homologa un título extranjero de educación superior a un título oficial universitario español de grado y máster habilitante español?

La homologación de un título extranjero de educación superior a un título oficial universitario español de Grado y Máster que dé acceso a una profesión regulada en España es competencia exclusiva del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD).

El procedimiento se iniciará mediante solicitud del interesado dirigida al titular del Ministerio de Educación.

La resolución del Ministerio podría condicionar la homologación a la superación previa de unos requisitos formativos complementarios que se pueden realizar en una universidad española que tenga implantados los estudios a los que se pretende homologar el título (la que elija el titulado) y podría consistir en una prueba de aptitud, una período de prácticas, la realización de un Proyecto o Trabajo o la superación de cursos tutelados.

Más información en Ministerio de Educación

Regulado en el RD 967/2014, de 21 de noviembre, BOE 22/11/2014 

¿Cómo se solicita la declaración de equivalencia de un título extranjero de educación superior, bien con una titulación universitaria oficial española de Grado y Máster no habilitante, bien con el nivel académico universitario oficial de Grado o Máster?

La equivalencia de títulos extranjeros de educación superior, bien a las titulaciones universitarias oficiales de Grado y Máster, que no sean requisito de acceso al ejercicio de un profesión regulada en España, bien a nivel académico universitario oficial de Grado o Máster es competencia exclusiva del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD).

El procedimiento se iniciará mediante solicitud del interesado dirigida al titular del Ministerio de Educación.

Más información en Ministerio de Educación

Regulado en el RD 967/2014, de 21 de noviembre, BOE 22/11/2014

¿Cómo se solicita la declaración de equivalencia de un título extranjero de educación superior al nivel académico universitario oficial de Doctorado?

 La declaración de equivalencia a nivel académico de Doctor es competencia de las universidades.

El procedimiento se iniciará mediante solicitud del interesado, dirigida al rector de la Universidad.

Más información en:

Regulado en el RD 967/2014, de 21 de noviembre, BOE 22/11/2014

¿Cuál es la correspondencia de un título "pre-Bolonia" y los niveles MECES?

 El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte reconocerá la correspondencia del título de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES).

La declaración de correspondencia de un título supone su consideración dentro del nivel MECES al que se declare correspondiente, sin que de ello pueda entenderse la asimilación, equiparación o equivalencia a ningún otro título oficial, esté o no encuadrado en el mismo nivel MECES al que se haya declarado correspondiente el título en cuestión.

El procedimiento se inicia de oficio por la Dirección General de Política Universitaria.

Más información en Ministerio de Educación

Regulado en el RD 967/2014, de 21 de noviembre, BOE 22/11/2014