- -

Árbol de páginas

 

¿Cuántos créditos tengo que superar el primer año de matrícula en una titulación para poder continuar mis estudios?

Con carácter general, el estudiantado que se matricule por primera vez en una titulación oficial de Grado o Máster, independientemente de su régimen de dedicación (tiempo completo o parcial), deberá superar un mínimo de 12 créditos ECTS en su primer curso académico.

En caso de no superar 12 créditos en mi primer curso académico, ¿no podré continuar mis estudios?

No podrás continuar tus estudios en la Estructura Responsable del Título en que estás matriculado/a. A los efectos del cómputo de créditos, no se considerarán como superados los créditos reconocidos o adaptados.

No obstante si existen causas que justifiquen tu bajo rendimiento puedes solicitar a la Comisión de Permanencia y Evaluación por Currículum que se te aplique una exención al cumplimiento de la normativa y se te autorice a seguir estudiando.

Esta solicitud la realizas desde tu intranet, en el apartado de Secretaría Virtual/Solicitudes, adjuntando la documentación acreditativa, en los plazos establecidos en el calendario académico de cada curso.

No he aprobado 12 créditos en el primer año de matrícula ¿Cómo solicito la exención a la normativa de permanencia?

Esta solicitud la realizas desde tu intranet, en el apartado de Secretaría Virtual/Solicitudes, adjuntando la documentación acreditativa, en los plazos establecidos en el calendario académico de cada curso.

En caso de no autorizarme la exención de permanencia ¿Cuándo puedo reingresar?

El estudiantado que haya sido desvinculado de un título podrá pedir a la Comisión de Permanencia y Evaluación por Currículum el reingreso en los mismos estudios tras un curso académico de desvinculación.

En caso de que la solicitud de reingreso haya sido denegada, no podrás presentar una nueva solicitud hasta que haya transcurrido otro curso académico.

La solicitud de reingreso deberás presentarla desde tu Intranet, en el apartado de Secretaria Virtual/Solicitudes, en los plazos establecidos en el calendario académico de cada curso.

No he aprobado 12 créditos y me han autorizado a continuar ¿Qué debo aprobar el próximo curso?

  • El estudiantado que haya sido eximido del cumplimiento de la condición de permanencia y, en consecuencia, haya obtenido autorización para formalizar una nueva matrícula, tendrá que superar al menos 12 créditos ECTS en el siguiente año de matrícula en los mismos estudios. A los efectos del cómputo de créditos, no  se considerarán como superados los créditos reconocidos o adaptados. 
  • En caso de  no superar los 12 ECTS indicados, no podrás continuar los mismos estudios en la Estructura Responsable del Título en que estuvieses matriculado/a.
  • Este control podrá repetirse tantos cursos como resulte necesario, en el caso de que por circunstancias acreditadas resultes eximido en más de una ocasión.

Fui desvinculado un curso por no aprobar 12 créditos y han autorizado mi reingreso ¿Qué debo aprobar el próximo curso?

  • El estudiantado que reingrese a una titulación de la que hubiera sido desvinculado tendrá que superar al menos 12 ECTS en el curso de reingreso. A los efectos del cómputo de créditos, no se considerarán como superados los créditos reconocidos o adaptados. 
  • En caso de no superar los 12 ECTS indicados, no podrás continuar los mismos estudios en la Estructura Responsable del Título en que estuvieses matriculado/a.
  • Este control podrá repetirse tantos cursos como resulte necesario, en el caso de que por circunstancias acreditadas reingreses más de una vez a los mismos estudios tras haber sido desvinculado en repetidas ocasiones.