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Puede ocurrir que, ya realizada la defensa del trabajo y por tanto ya figure la nota en el expediente del Alumno, el Tribunal detecte una errata en el título y solicite cambiarlo. 

Nos encontramos en estos casos que en el acta consta el título que fue aprobado por la CAT y es el que se pretende posteriormente modificar.

Para ello, los pasos a seguir serían:

  1. La ERT o la CAT deberán aprobar el cambio, y para modificarlo se deberá realizar una diligencia al acta detallando el título que se va a modificar y el título correcto.
  2. El Alumno deberá modificar la portada de la memoria adaptándola con el nuevo título y entregarnos el trabajo completo.
  3. La ERT deberá enviar al Servicio de Alumnado un Gregal indicando los datos básicos y adjuntando los siguientes documentos:

    1. La diligencia del acta, firmada por el Secretario o miembros del Tribunal.
    2. El trabajo con la portada corregida.
  4. El analista realizará las modificaciones.
  5. La unidad de títulos (si el título ha sido abonado) deberá de ponerse en contacto con el estudiante para que nos devuelva el SET, que obra en su poder, y sustituirlo por el nuevo.
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