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La solicitud de comisión de servicios dispone de la funcionalidad necesaria para dar cumplimiento a la Norma 9.1.5. Indemnización de las comisiones de servicio de determinados órganos unipersonales y responsables de las actividades de I+D+i.

¿Quienes pueden viajar en este tipo de representación?

Los responsables económicos de oficinas de artículo 83 en su ámbito competencial percibirán las indemnizaciones de acuerdo con la justificación documental que se presente. Para ello, al realizar la solicitud de comisión de servicios, se seleccionará la opción "De ámbito competencial" de entre las opciones del desplegable del apartado "Viaje de representación institucional" como se muestra a continuación.



De la misma manera, los acompañantes que tengan entre sus oficinas Propias, oficinas de la naturaleza anterior, podrán seleccionar este tipo de representación.


Los Directores de Centro, Departamento, Instituto Universitario y Estructura de Investigación, con cargo a sus oficinas de presupuesto, en su ámbito competencial percibirán las indemnizaciones de acuerdo con la justificación documental que se presente. Para ello, al realizar la solicitud de comisión de servicios, se seleccionará la opción "De ámbito competencial" de entre las opciones del desplegable del apartado "Viaje de representación institucional" como se muestra a continuación.


De la misma manera, los acompañantes podrán seleccionar este tipo de representación. En este caso, el comisionado deberá marcar que viaja como acompañante por su cualificación técnica.