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Agrupa los costes de viajes, equipos y adquisición de bienes y servicios

1. Sólo podrán ser considerados como elegibles, aquellos costes de viajes y dietas relacionados con la ejecución del proyecto, y, en general, realizados por personal con dedicación al proyecto. Excepcionalmente, los viajes de personas con participación puntual en el proyecto, sólo serán aceptables cuando exista una justificación técnica de ese viaje: expertos, especialista, etc.

2. Son elegibles los costes de amortización de los equipos inventariados utilizados en el proyecto. Se deben calcular conforme a la práctica habitual de la universidad, tal y como indica la fórmula siguiente.


3. Costes de adquisición de bienes y servicios. Incluyen los costes de contratos distintos a la subcontratación, así como fungible, diseminación, protección de resultados, certificados de auditoría, traducciones y publicaciones, siempre y cuando sean necesarios y hayan sido utilizados para la ejecución del proyecto. Quedan excluidos el  material de oficina y la adquisición de libros y material bibliográfico, que tienen la consideración de coste indirecto según la Comisión Europea (CE).


Los costes de auditoría son elegibles solo cuando ésta es obligatoria. En H2020, son obligatorias cuando la contribución de la Unión Europea (UE), por beneficiario y referida a los costes directos del proyecto, supera los 325.000 € (es decir, excluyendo la contribución de la UE de los costes indirectos). La auditoría se realiza al final del proyecto. Además, el proyecto puede ser auditado por la CE hasta 2 años después del último pago del proyecto.

El IVA no recuperable  es coste elegible y por tanto financiable.



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