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Pueden solicitar un anticipo de crédito a través de la plataforma GEA, los responsables de claves específicas que tengan incorporadas previsiones de cobro.

El anticipo se concede para financiar la actividad concreta, por lo que hasta que no se devuelva el mismo no se permiten liquidaciones a personal ni transferencias desde la clave que tiene el anticipo.

El importe máximo que GEA deja anticipar es el correspondiente a una anualidad, contada como 12 meses desde el inicio del proyecto. Se podrán anticipar a través de GEA  las previsiones que estén dentro de este período de 12 meses.

Las previsiones se pueden consultar en GEA - Información Art. 83 - pinchando sobre el presupuesto de la actividad.

En claves 50, 60 y 70 se anticipa de oficio la 1ª previsión de cobro. El resto de la anualidad se puede anticipar a través de GEA.








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