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Pueden solicitar un anticipo de crédito a través de la plataforma GEA, los responsables de claves específicas que tengan incorporadas previsiones de cobro.

 El importe máximo que GEA deja anticipar es el correspondiente a una anualidad, contada como 12 meses desde el inicio del proyecto. Se podrán anticipar a través de GEA  las previsiones que estén dentro de este período de 12 meses.

Las previsiones se pueden consultar en GEA - Información Art. 83 - pinchando sobre el presupuesto de la actividad.


En claves 50, 60 y 70 se anticipa de oficio la 1ª previsión de cobro. El resto de la anualidad se puede anticipar a través de GEA



¿Por qué no me deja anticipar en una clave?

  • Puede ser que no haya previsiones de cobro
  • Puede ser que ya se haya anticipado la anualidad correspondiente


Si se necesita anticipar más de una anualidad:

El responsable deberá enviar una solicitud firmada a través de CAUGEA  justificando la necesidad, el importe del anticipo y la clave específica.

Si no hay incorporadas previsiones de cobro:

Las previsiones de cobro las incorpora el SGI.

Hay un procedimiento establecido para la apertura de claves específicas de ayudas públicas pendientes de resolución gestionado por el SGI. En este caso, tras la apertura de la clave se anticipa el crédito solicitado y se procede a realizar un NDS (no disponibilidad del crédito)

en la clave de remanentes que el responsable ha indicado en la solicitud de apertura (Es indispensable que el responsable disponga en remanentes el importe solicitado). Este NDS garantiza la devolución del anticipo en caso de que la resolución no llegue a definitiva.

Si finalmente la resolución es definitiva, se incorporan las previsiones y se barra el NDS liberando el crédito.E







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