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Sí, el régimen de matrícula a tiempo parcial está recogido, tanto en la normativa nacional, artículo 3 del Real Decreto 99/2011, como en los puntos 3 y 5 de la normativa institucional de permanencia.

La solicitud puede realizarse en el momento de solicitar la admisión (preinscripción) o posteriormente, una vez formalizada matrícula (a través de la INTRANET del alumno, sección de Secretaría Virtual, segunda columna, solicitudes, solicitud para régimen de matrícula a tiempo parcial).

Una vez aprobada la solicitud por parte de la Comisión Académica del programa la dedicación parcial se mantendrá en futuras matrículas, a no ser que se solicite lo contrario.

 

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