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Con arreglo a lo previsto en la norma 5.2 del presupuesto de la UPV para 2017, y de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat Valenciana, los contratos menores para suministros y servicios de importe igual o superior a 6.000€, IVA excluido, requerirán para su aprobación que se hayan solicitado al menos tres ofertas, siempre que ello sea posible.

Si no fuera posible,  deberá justificarse con un breve informe del responsable de la oficina gestora.

Adicionalmente, cualquier de compra de bienes o servicios en H2020 deberá ajustarse a las reglas contenidas en el artículo 10 del GA (mejor ratio calidad/precio o menor precio, evitando en cualquier caso los conflictos de interés con los proveedores).