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Los miembros del tribunal pueden acceder a esta información, aunque sólo el secretario puede modificarla. En primer lugar tiene que indicar la forma de calificar la defensa[1]:

  • Calificación por consenso (opción por defecto)
    1. El secretario introduce la nota (por consenso), el voto particular (si no es el suyo, en el texto del voto particular tendrá que hacer constar de quién es pero esto no hay forma de controlarlo porque el texto es libre) y su firma
    2. Se genera el acta con los datos del trabajo, la calificación (por consenso), los miembros del tribunal, el voto particular y la firma del secretario.
  • Calificación individualizada
    1. El secretario del tribunal introduce su nota y la del resto de miembros, su voto particular y los del resto de miembros. El secretario es el único que firma.
    2. Se genera el acta con los datos del trabajo, la calificación media, los miembros del tribunal, los votos particulares de cada miembro y la firma del secretario.

 


Figura 1 Información de defensa

 

En ambas opciones se pide únicamente la firma del secretario, que introducirá su clave UPVNET. En el acta no aparece ninguna firma manuscrita, sino que se firma digitalmente. Si el resto de miembros del tribunal desean firmar, se tiene que imprimir el acta para que firmen al lado de sus datos (o donde corresponda), escanearla y adjuntarla (ver Firma manual).

Una vez puesta la nota, en función de si es Apto o No- Apto, procederemos de la siguiente manera:

  • Modificaciones menores: Si el tribunal lo considera oportuno, e independientemente de la nota, el secretario puede introducir los cambios que el alumno debe realizar en su TFG/TFM. En este caso, no será necesario que el alumno solicite una nueva defensa, sino que tiene la posibilidad de adjuntar la documentación durante el número de días que haya definido la ERT. El procedimiento se explica en el siguiente apartado 4.5.4.1. Modificaciones menores durante la defensa 

Indicación de No Presentado

En caso de que el alumno no se presentara a la defensa, el Tribunal deberá marcar la opción “No presentado” y no se generará el acta. A todos los efectos, las acciones a realizar en estos casos serán:

    • si el alumno ha entregado antes un justificante o se ha producido alguna causa justificada que ha impedido el acto de defensa, la ERT podrá asignarle otra sesión de defensa de la misma convocatoria sin necesidad de que el alumno vuelva a realizar el depósito del trabajo.
    • si no estuviera justificada la no realización de la defensa, el mismo Tribunal le notificará al alumno que deberá volver a solicitar defensa en próximas convocatorias y se eliminarán los ficheros del depósito.


[1] Recordar que en la nota, el separador decimal es el punto, no la coma.


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