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  • ¿De cuántos créditos puedo matricularme el año que inicio los estudios en un título oficial?

De 60 créditos, excluidos los reconocidos o adaptados.

Ten en cuenta que deberás matricular todos los créditos pendientes del curso anterior antes de hacer efectiva matrícula en el curso superior.

Para matricularme de asignaturas de segundo curso ¿cuántos créditos mínimos tengo que haber superado o tener reconocidos de primer curso?

39 créditos. Si has aprobado menos créditos, sólo podrás matricularte de los créditos pendientes de primer curso.

Este curso sólo he podido matricularme de primero porque aprobé menos de 39 créditos. Si en el primer semestre alcanzo este mínimo ¿puedo ampliar matrícula?

Se autoriza la ampliación de matrícula en casos excepcionales, sólo en asignaturas de 2º semestre, hasta completar un máximo de 60 créditos. Debes solicitarlo a la Secretaria del Centro.

¿De cuántos créditos puedo matricularme como máximo en un curso académico?

Como norma general, el máximo número de créditos de matrícula anual, excluido el TFG o TFM, será de 60. Para el cómputo de esta matrícula no se tendrá en cuenta los créditos reconocidos.

 No obstante, esta cifra podrá incrementarse hasta un máximo de 40% cuando se dé alguna de la siguientes circunstancias:

  • Cuando el número total de créditos para completar la titulación, excluido el TFG o TFM, sea igual o inferior a 84.
  • Cuando el rendimiento académico del curso anterior sea del 100% sobre matrículas iguales o superiores a 60 créditos.

Hay que solicitarlo a la Secretaría del Centro. Si lo pides antes de automatrícula y se aprueba por la Comisión Académica, ya se podrá aplicar cuando te matricules.

¿Puedo matricular asignaturas de varios cursos?

Sí, con el máximo de 60 créditos, matriculando siempre las asignaturas de cursos anteriores no superadas antes de matricular las de un curso superior.

No obstante, si es el tercer año que cursas asignaturas de primero, sólo podrás matricularte de lo pendiente de primero y segundo

¿Cuántos créditos tengo que superar en primer curso para poder continuar estudios?

Los estudiantes de Títulos de Grado en régimen de dedicación a tiempo completo deberán superar la totalidad del primer curso de la titulación en el plazo máximo de 2 cursos académicos.

En caso de no superar la totalidad del primer curso en 2 cursos académicos ¿podré permanecer en la titulación?

No podrá continuar los mismos estudios en el Centro en que estuviesen matriculados, ni otros títulos ofertados en el mismo Centro en los que el primer curso sea común a aquellos., salvo que solicite la continuación de estudios y la CPEC lo conceda.

¿Cómo solicito la continuación de estudios?

Aquellos alumnos que no cumplen la normativa de permanencia reciben un e_mail (cuando estén validadas todas las actas del curso académico) para que la soliciten a través de su intranet.

¿Qué ocurre en el caso de no aprobarme la continuación de estudios?

El estudiante que haya sido desvinculado por primera vez de un título y que no haya sido desvinculado de la UPV definitivamente, podrán pedir el reingeso en la titulación tras 2 cursos académicos de desvinculación en la misma. La solicitud deberá presentarse por registro general de la UPV y dirigida al Presidente de la CPEC.

¿Cuántas veces puede solicitarse la  continuación de estudios?

Por una única vez, se concede una prórroga de un curso académico para completar la superación de todos los ECTS del primer curso de los títulos de Grado.

¿Qué ocurre en el caso de no superar la totalidad de los ECTS de primer curso durante este período de prorroga?

El estudiante quedará desvinculado definitivamente de la titulación en la ERT en la que estuviera matriculado.