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- Director experimental: si ya existe podrá elegirse de la lista, en caso contrario habrá que darlo de alta. Suelen ser personas con vinculación con la UPV.
- Alumno asignado: alumno al que se le asigna el trabajo (el que está haciendo el alta).
- Orientación: la orientación del TFG/TFM indica si se trata de un trabajo de índole "profesional" o "investigadora". Todos los TFG y los TFM de títulos que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas deberán tener una orientación "profesional". En el resto de los casos, el TFM podrá tener orientación "profesional" o "investigadora". Esta condición marcará la composición del los miembros del tribunal de defensa ya que, para los TFM con orientación "investigadora", todos los miembros del tribunal deben tener la calificación de "Doctor" (art.6.3 de la Normativa de TFG/M UPV).
| Nota |
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Para ser tutor/cotutor académico de un TFM con orientación investigadora deberá ostentarse el grado de Doctor (art.3.4 de la Normativa de TFG/M UPV) Solamente pueden tener orientación "investigadora" los másteres no habilitantes. El tipo de orientación del trabajo no influye para el acceso a estudios posteriores de Doctorado. En el caso de ser requerido el título de Doctor y no se muestre en los listados de selección de Tutor/Cotutor/Externo/Experimental, se deberá un Polisolicita al Vicerrectorado de Profesorado y Ordenación Académica UPV (VPOA) al siguiente enlace, acreditando que la persona lo es. |
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