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Según el punto 9.1.1 de las normas de funcionamiento "La solicitud de la totalidad de las comisiones de servicio, tanto si dan lugar a indemnización como si se renuncia a ella, se realizarán con carácter previo a la realización de la misma y a través de la plataforma GEA".

No obstante lo anterior, si fuera necesario realizar un desplazamiento sin la formalización previa, se debe solicitar con posterioridad.

Por tanto, cuando la fecha de salida del viaje sea anterior a la fecha de introducción en la plataforma GEA, en la solicitud de la comisión de servicios será obligatorio indicar las condiciones que han provocado tal circunstancia y adjuntar el informe justificativo firmado por el responsable correspondiente.

Si es una modificación de fechas de una solicitud previa, sólo será necesario indicar el motivo.

Ya no será necesario presentar la comunicación a través de de la plataforma GEA RESPONDE.                    


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