- -

Árbol de páginas

¿Qué finalidad tienen?

 

Pretenden atender situaciones de necesidad económica o desamparo, con objeto de que nadie quede excluido del estudio en la universidad por razones económicas. Por ello la universidad destina anualmente una parte de su presupuesto para dar cobertura a estas ayudas.

¿A quién están dirigidas?

Están dirigidas exclusivamente a alumnos matriculados en estudios oficiales impartidos en la UPV, excepto estudios de Doctorado, que sean nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o, en caso de extracomunitarios, tengan la condición de residentes en España, con autorización para trabajar.

¿Cuándo se convocan?

Estas ayudas se convocan durante el curso académico, pudiendo consultar la convocatoria en la página web del Servicio de Alumnado:

Ayudas de acción social

¿Cuándo se solicitan?

Se solicitan en el plazo establecido en la convocatoria, normalmente un mes a contar desde la fecha de la publicación.

¿Cómo la solicito y dónde la presento?

El modelo de solicitud se encontrará disponible en la intranet del alumno a partir de la apertura del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes (Solicitud de becas> Solicitar Ayuda Acción Social). Se deberá completar y presentar vía telemática.

¿Qué documentación debo aportar?

Deberás aportar documentación (adjuntando fichero PDF) si te encuentras en alguna de estas situaciones:

- Alumnos extracomunitarios: acreditación de la residencia legal.

- Situación de discapacidad del solicitante, hermano o hijo del solicitante.

- Convenio regulador (en caso de separación/divorcio padres).

- Certificados de defunción u otros.

- Documentación que acredite la independencia familiar y económica:

  • Certificado de empadronamiento del solicitante.
  • Contrato de alquiler que cubra todo el año o titularidad de una vivienda.
  • Certificado resumen IRPF (en caso de haber presentado la declaración del Impuesto de Renta de las Personas Físicas) o certificado de imputaciones íntegras.

¿Qué subvenciona la ayuda de acción social?

Cubren el importe, total o parcial, de las tasas de los créditos o asignaturas, matriculados en primera y segunda matrícula, necesarios para obtener la titulación, hasta un límite de 900 euros.

¿Qué requisitos debo cumplir para obtener una ayuda de acción social?

Se deben cumplir los siguientes requisitos económicos y académicos:

- Requisitos económicos: no superar el umbral económico de renta familiar establecido en la convocatoria.

  • Familias de un miembro 7.813 euros.
  • Familias de dos miembros 15.080 euros.
  • Familias de tres miembros 21.877 euros.
  • Familias de cuatro miembros 29.300 euros.
  • Familias de cinco miembros 35.239 euros.
  • Familias de seis miembros 42.271 euros.
  • Familias de siete miembros 49.303 euros.
  • Familias de ocho miembros 56.449 euros.
  • A partir del octavo miembro, se añadirán 6.876 euros por cada nuevo miembro computable.

- Requisitos académicos:

Estar matriculado en el curso académico de la convocatoria de un mínimo de 40 créditos, excepto:

  • Si te has matriculado de la totalidad de créditos faltantes para obtener la titulación, por una sola vez.
  • Si por aplicación de la Normativa de Progreso y Permanencia no puedes matricularte de más créditos.
  • Si estás matriculado en régimen de dedicación a tiempo parcial (mínimo 30 créditos).

Además debes haber superado en el último curso realizado al menos 30 créditos (máximo en tres cursos anteriores). Este requisito no es exigible si en ese curso has cursado estudios no universitarios.

Si en el últimos curso realizado, tu matrícula fue inferior a 40 créditos, el rendimiento exigido será: 70% en titulaciones en ramas de ingeniería o arquitectura y 80% en las demás ramas.

Debes tener en cuenta que, a efectos del mínimo matriculado y superado, no computan los créditos convalidados, adaptados o reconocidos.

¿Cómo me entero de que he sido beneficiario de esta ayuda?

La resolución de las ayudas se publicará en la página web del Servicio de Alumnado. A los beneficiarios se les comunicará en la cuenta de correo electrónico que la UPV pone a su disposición.

Si he solicitado una ayuda, ¿debo abonar el importe de la matrícula previamente a la resolución de la misma?

La presentación de la solicitud no implica la suspensión de la obligación del pago en los plazos establecidos en el calendario académico.

Si se me ha concedido una ayuda y ya he abonado mi matrícula, ¿qué debo hacer?

El servicio de alumnado procederá al reintegro de la cantidad con derecho a exención, sin que tengas que solicitarlo, a la mayor brevedad posible.

Si la concesión es consecuencia de la resolución de una reclamación presentada, deberás  solicitar el reintegro en tu centro acreditando tu condición de becario.