Sólo pueden solicitarlo los alumnos que, estando matriculados de todos los créditos necesarios para completar la titulación, les falte únicamente para finalizar sus estudios un máximo de 20 créditos, en el caso de los títulos de grado y de 10,5 créditos en el caso de los títulos de máster universitario, excluido el trabajo fin de grado o el trabajo de fin de máster y, en su caso, las prácticas externas.
Además deberá constar calificación al menos en una convocatoria anterior, no considerándose a estos efectos la calificación de No Presentado.
Solo a uno por asignatura.
Deberás solicitarlo directamente a la Estructura Responsable del Titulo (ERT), mediante escrito al Director o Decano, en los siguientes plazos:
En un plazo no superior a 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo establecido para su presentación, la dirección de la Estructura Responsable del Título (ERT) resolverá, comunicándolo al alumno y al profesores responsables de las asignaturas.
El contenido, alcance y fechas en las que se llevará a cabo el acto de evaluación de la convocatoria extraordinaria te será comunicado por el profesor responsable de la asignatura, en un plazo no superior a 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución de la dirección de la ERT.
Se establecerá en el calendario académico universitario de cada curso y será como máximo el 30 de septiembre del año en curso.
Puedes presentar el recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.