Voy a solicitar el reconocimiento de créditos ¿qué  asignaturas aprobadas en otros estudios universitarios oficiales puedo aportar?

Según la normativa aplicable, para solicitar reconocimiento de créditos por la/s asignatura/s cursadas en otros estudios universitarios oficiales, tanto españoles como extranjeros, el contenido de las asignatura/s aportada/s y su carga horaria debe coincidir al menos, un 75% con la solicitada.

  • No podrás aportar cómo mérito las asignaturas superadas por reconocimiento (convalidadas/adaptadas).  El estudio del reconocimiento deberá hacerse, con carácter general, con la asignatura efectivamente cursada en los estudios de origen.
  • Tampoco podrás aportar como mérito las asignaturas superadas por evaluación por currículum.

Para los alumnos que quieran acceder por continuación de estudios:

  • No se considerarán, –a efectos de la admisión por continuación de estudios–, los reconocimientos de créditos procedentes de titulaciones distintas a aquella desde la que se solicita la admisión (formación profesional, otros estudios finalizados o no, títulos propios,…) o de experiencia laboral o profesional acreditada.
    Si obtienes plaza en la titulación por esta vía podrás solicitar el reconocimiento de estos créditos adicionales una vez te hayas matriculado.

Para alumnos matriculados en un Curso específico de adaptación al Grado para titulados (retitulados):

  • Cuando se aporten asignaturas superadas en el título exigido para acceder al Curso específico de adaptación al Grado, sólo se aplicará la regla de reconocimiento cuando las asignaturas aportadas como mérito (optativas o de libre elección) supongan, en la titulación de origen, un exceso de créditos no necesarios para obtener el título por el que accede.

¿Qué documentación necesito para solicitar el reconocimiento de créditos de asignaturas aprobadas en otros estudios universitarios oficiales?

Cada asignatura que se solicita reconocer, genera una solicitud de reconocimiento independiente, por lo que conviene adjuntar para cada asignatura/solicitud la documentación que sea necesaria.

La documentación a aportar para una solicitud de reconocimiento dependerá de si la solicitud está basada en la aplicación de una regla preexistente (existe precedente) y del tipo de mérito que se aporte.

Para una solicitud con regla preexistente:

  • si las asignaturas que aportas como mérito han sido cursadas en títulos oficiales de la UPV no se requiere aportar ninguna documentación.
  • si todas o alguna de las asignaturas aportadas como mérito no han sido cursadas en un título oficial de la UPV deberás adjuntar a tu solicitud copia de la certificación académica oficial o Suplemento Europeo al Título. Además deberás presentar en tu centro el documento original en los 10 días siguientes a la solicitud electrónica.

Para una solicitud sin regla preexistente:

  • Si los méritos que aportas son asignaturas cursadas en títulos oficiales de la UPV conviene adjuntar los programas de las asignaturas en los 10 días siguientes a la solicitud electrónica, especialmente cuando los méritos secorresponden con asignaturas sin docencia o de titulaciones que ya no se imparten.
  • Si algún mérito es una asignatura de un título oficial NO cursada en la UPV aportar en la solicitud electrónica, y al centro en los 10 días siguientes, los siguientes documentos:
    • Programas de las asignaturas aportadas, sellados por la Universidad de procedencia.
    • Certificación académica oficial o Suplemento Europeo al Título.
    • Plan de estudios cursado

Cuando se aporte algún mérito cursado en un sistema educativo extranjero, se debe abonar una tasa por el estudio de la solicitud de reconocimiento. La documentación debe presentarse legalizada si no procede de un sistema educativo de un país de la Unión Europea; en su caso, traducida al español por un traductor jurado; y ser original o aportar original y copia para su cotejo en el momento de la presentación. 

¿Qué es el reconocimiento de créditos de asignaturas aprobadas en otros estudios universitarios oficiales?

El reconocimiento de créditos es un acto administrativo por el que se califica una asignatura como reconocida, por entender que los conocimientos y competencias que hay que adquirir en la misma están suficientemente acreditados con los méritos que se aportan. 

¿Cómo se solicita el reconocimiento de créditos de asignaturas aprobadas en otros estudios universitarios oficiales?

A través de tu intranet, podrás solicitar el reconocimiento de créditos en el apartado de solicitudes de la secretaría virtual, seleccionando la opción de Solicitudes de Reconocimiento. 

 

¿Cómo solicitar un reconocimiento si existen reglas precedentes de asignaturas aprobadas en otros estudios universitarios oficiales?

En caso de existencia de precedentes se aplica un procedimiento abreviado en el que, tras la verificación de la documentación por parte del centro, la solicitud es resuelta en el mismo sentido que los precedentes existentes y es inmediatamente reflejada en el expediente académico.

Si los méritos que se aportan son asignaturas cursadas en titulaciones oficiales de la UPV también se omite el trámite de la verificación y la resolución es inmediata a la solicitud.

Consulta si existen precedentes en el siguiente enlace:

Tabla de reglas precedentes

¿Es       necesario      matricular      la    asignatura      para     solicitar     el reconocimiento de créditos de asignaturas aprobadas en otros estudios universitarios oficiales?

No es necesario. Puedes solicitar el reconocimiento de cualquier asignatura ofertada en el plan de estudios de tu grado o máster.

No obstante, si tu intención es cursarla si no te conceden el reconocimiento, tendrás que matricularte al inicio del curso.

¿Cuándo se solicita el reconocimiento de asignaturas aprobadas en otros estudios universitarios oficiales?

En los períodos fijados en el calendario académico oficial que encontrarás publicado en la web del Servicio de Alumnado.

¿Cuánto pago por el reconocimiento de créditos de asignaturas aprobadas en otros estudios universitarios oficiales?

Se aplica el 25 % del importe de los créditos de la asignatura, según lo dispuesto en el artículo 143.2 del decreto legislativo 1/2005 de la Generalitat.

¿Qué es un reconocimiento automático de créditos de asignaturas aprobadas en otros estudios universitarios oficiales?

Es un reconocimiento asociado a una ruta de acceso a la titulación de grado o máster. Es decir, es un reconocimiento que obtienen todos los alumnos de un grado o máster que procedan de una determinada titulación/es.

El proceso se realiza de oficio y no es necesario que el alumno intervenga.