Existen 3 pagos realizados por la Comisión Europea al coordinador, quien posteriormente debe transferir los fondos que correspondan a cada socio con arreglo a las condiciones recogidas en el Acuerdo de Consorcio:
Como regla general (puede variar en cada proyecto), el importe del pago en avance corresponde al resultado de dividir la contribución máxima al proyecto establecida en el anexo 2 del “Grant Agreement” entre el número de periodos de justificación (“Reporting Periods”). De esta manera, por ejemplo, a un proyecto con 3 periodos de justificación, le correspondería un pago en avance equivalente al 33,33 % (=1/3) de la ayuda concedida, sobre el cual además debe detraerse un 5% de la Contribución total prevista al proyecto como aportación del Fondo de Garantía, aplicada al pago en avance.
1º Aplicación de las tasas de reembolso que correspondan sobre el importe de gastos justificados aceptados.
2º Aplicación del límite del 90%(*) sobre la contribución máxima de la Comisión establecida en el GA.
El importe a pagar es la mínima de las 2 cantidades anteriores.
(*) Considerando la aportación del 5% al fondo de garantía anteriormente indicada, la cual será devuelta a la finalización del proyecto, en la práctica el límite de pagos a percibir (pago en avance + pagos intermedios) hasta el pago final es el 85% contribución total prevista al proyecto.
Esta información debe ser tenida en cuenta de cara a la planificación de gastos que forma parte de la elaboración del presupuesto.