Según establecen el artículo 7.a de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero y el Manual del Usuario Minerva, es necesario realizar un nuevo cruce de datos en MINERVA con los “titulares reales” de la entidad, con el cual deberá obtenerse bandera verde.
Según establecen el artículo 7.a de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero y el Manual del Usuario Minerva, es necesario realizar un nuevo cruce de datos en MINERVA con los “titulares reales” de la entidad, con el cual deberá obtenerse bandera verde.