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Pueden solicitar un anticipo de crédito a través de la plataforma GEA, los responsables de claves específicas que tengan incorporadas previsiones de cobro.

En claves de tipo 60 como máximo se anticipa el 80% de las previsiones (no se anticipa la parte de costes indirectos).

En claves 50, 60 y 70 se anticipa de oficio la 1ª previsión de cobro. El resto de las previsiones se pueden anticipar a través de GEA.

El anticipo se concede para financiar la actividad concreta, por lo que hasta que no se devuelva el mismo no se permiten liquidaciones a personal ni transferencias desde la clave que tiene el anticipo.





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