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El coordinador es el responsable de generar la propuesta, recopilando e integrando las aportaciones efectuadas por los socios, y de proceder a su envío.

De cara a la Comisión, es responsable de declarar que la información contenida en la propuesta es correcta y completa, que dispone del consentimiento explícito de participación de los socios y de la confirmación por su parte de que son elegibles y que disponen de la capacidad financiera y operacional para llevar a cabo la acción.

En caso de concesión de ayuda, el coordinador es responsable de las siguientes actividades (art. 41.2 GA):

(i) supervisar la correcta ejecución de la acción (art. 7 GA);

(ii) actuar como intermediario en todas las comunicaciones entre los beneficiarios y la Comisión Europea (en particular, proporcionando a la Comisión la información descrita en el art. 17), a no ser que el Acuerdo de Subvención especifique otra cosa;

(iii) requerir y revisar cualquier documentación o información requerida por la Comisión y verificar que se encuentra completa y es correcta antes de enviar a la Comisión;

(iv) enviar los entregables e informes a la Comisión (ver los artículos 19 y 20);

(v) asegurar la realización de todos los pagos a los beneficiarios sin demora injustificada (ver artículo 21)

(vi) informar a la Comisión sobre las cantidades pagadas a cada beneficiario, cuando se rencuentre requerido según el Acuerdo de Subvención (ver artículo 44 y 50) o a petición de la Comisión.

Estas actividades no pueden delegarse en otros socios ni ser objeto de subcontratación.

Para ser coordinador se recomienda tener una experiencia de participación previa en el programa, así como disponer de información sobre la experiencia de participación de otros socios.