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ElSolicitantemanifiesta que acepta la realización del PROCESO DE VERIFICACIÓN E IDENTIFICACIÓN REMOTA MEDIANTE VIDEO LLAMADA en los términos y condiciones expuestos a continuación. |
El objetivo de la identificación del solicitante es iniciar el proceso de recuperación de su clave |
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para utilizar los servicios que presta el Área de Sistemas de Información y Comunicaciones (ASIC) de la Universitat Politècnica de València (UPV). |
Se utilizará el Servicio de Identificación Remota por Vídeo llamada de conformidad con la “ETD/743/2022, de 26 de julio, por la que se regulan los métodos de identificación remota por vídeo para la expedición de certificados electrónicos cualificados y normas concordantes”. La aceptación de estos términos y condiciones por el Solicitante se realiza sobre todo su contenido, no pudiendo limitar su aplicación. |
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Condiciones de Uso
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Estos términos y condiciones se establecen con el fin de proporcionar información clara y comprensible a los Solicitantes y usuarios sobre el proceso de identificación remota por vídeo llamada, de las recomendaciones de seguridad aplicables y de la información sobre privacidad, según se establece en las normas de aplicación. El Solicitante, mediante la aceptación de las presentes condiciones, otorga consentimiento expreso para la realización de la vídeo llamada. La no aceptación de estas condiciones supone que no podrá tener acceso al servicio de video identificación.
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- La modalidad de identificación remota por vídeo que se va a realizar es asistida (síncrona), con interacción en línea entre un operador y el Para iniciar el proceso de verificación de identidad por video identificación del Centro de Atención de Usuarios del ASIC, el usuario deberá haber realizado previamente la solicitud del servicio mediante el sistema de ticketing Gregal, en la respuesta a su solicitud el equipo de atención del CAU le solicitará la aceptación de las condiciones del servicio. Si usted decide continuar con el proceso de video identificación se entenderá que acepta las condiciones expuestas.
- Una vez aceptadas las condiciones del servicio de video identificación, el sistema le enviará el enlace e instrucciones para proceder a la video identificación con objeto de poder obtener las evidencias que establezcan la acreditación de la identidad con un grado adecuado de seguridad, según los estándares La verificación de identidad se basará en un reconocimiento facial en tiempo real, prueba de vida mediante vídeo y la presentación por vídeo de un documento de identidad válido.
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- Existan indicios de falsedad, manipulación o falta de validez del documento de identificación.
- Existan indicios de falta de correspondencia entre el titular del documento y el solicitante.
- La calidad de la imagen o el sonido impidan o dificulten verificar con garantías la autenticidad e integridad del documento de identificación y la correspondencia entre el titular del documento y el solicitante.
- Las condiciones, seguridad o la calidad de la comunicación impidan o dificulten completar el proceso con la fiabilidad adecuada.
- Existan indicios de que el solicitante está siendo coaccionado o intimidado.
- Cualquier otra en la que exista una duda razonable sobre la seguridad del proceso de identificación que se está realizando.
En caso de que el Centro de Atención de Usuarios del ASIC, a través de los sistemas técnicos implementados, interrumpa o no considere válido el proceso de identificación, se indicará la causa dejando constancia fehaciente en el sistema.
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- Proporcionar información veraz, precisa y completa para realizar el registro.
- Proporcionar documentos de identidad válidos, vigentes y de su uso exclusivo.
- Mantener indemne al Centro de Atención de Usuarios del ASIC, de cualquier reclamación o reivindicación en relación con el uso fraudulento de documentos de identidad o con la aportación de datos falsos, tergiversados o incompletos en el proceso de identificación remota por Cualquier intento o sospecha de suplantación o actuación fraudulenta por parte del Solicitante en el proceso de video identificación, será puesta en conocimiento de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado competentes y/o de la Fiscalía.
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