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Tal como establece el artículo 11.6 del Real Decreto 99/2011, 6, antes de la finalización del primer año, el doctorando elaborará un plan de investigación que incluirá al menos la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. Dicho plan se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por el Director y por el tutor, siendo recomendable su gestión antes del inicio del comienzo del proceso de evaluación anual (junio del curso matriculado).

El plan de investigación deberá cargarse en la herramienta informática “Gestión de tesis” (Menú "Fase de elaboración / Solicitud plan de investigación". Deberás completar diferentes campos (título, antecedentes y estado actual, bibliografía, hipótesis y objetivos, metodología a utilizar, medios a utilizar, planificación temporal y utilidad de la investigación…).

Una vez solicitada la aprobación, el plan será revisado por la dirección de tesis y/o tutor/a. Una vez Conformado por alguno de ellos pasará a estudio y aprobación, si procede, por parte de la Comisión Académica del programa de doctorado.

Esta gestión, como cualquier otra que se realice a través de herramientas informáticas que parten de una identificación previa del usuario, debe de considerarse como asimilada a un proceso documental. No debe de solicitarse la aprobación del plan de investigación si existen datos incorrectos, como la ausencia o asignación errónea de directores del mismo. En caso de que existan incorrecciones se tiene que solicitar su subsanación previamente a la solicitud de aprobación del plan de investigación, bien a la Comisión Académica responsable del programa de doctorado que se cursa, bien a la Escuela de Doctorado.

Presentación de hijos
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