- -

Árbol de páginas

Versiones comparadas

Clave

  • Se ha añadido esta línea.
  • Se ha eliminado esta línea.
  • El formato se ha cambiado.

...

Los miembros disponibles serán, según el Artículo 6.2 de la Normativa, “los miembros del PDI de la UPV con una titulación de nivel igual o superior a la del trabajo que se está evaluando. Entre estos miembros del tribunal de calificación podría incluirse un profesional externo de reconocido prestigio del ámbito profesional o científico correspondiente al título”.

Info

La normativa también permite, para el caso de Máster, incluir a externos como miembros del tribunal (se habilita en la configuración de la ERT, parámetro Posibilidad de incluir a un profesional externo como miembro del tribunal).

En estos casos el usuario no tendrá acceso a la aplicación desde la Intranet-UPV, pero sí tendrá acceso desde el siguiente enlace (https://aplicat.upv.es/tfgtfm-app).

En cuanto a los roles, el Artículo 6.5 de la Normativa indica que, “en cada tribunal de calificación, actuará como Presidente el PDI de mayor categoría docente y antigüedad y como Secretario el de menor categoría y antigüedad”. Teniendo en cuenta estas dos restricciones, la aplicación generará una hoja de cálculo de MS-Excel que contendrá a los miembros del tribunal ordenados por categoría y antigüedad con el fin de que la ERT pueda asignar los roles manualmente.

Los diferentes roles a seleccionar podrán ser: Secretario, Presidente y Vocal, siendo obligatorios en cada tribunal las figuras de Secretario y Presidente.

Info

La normativa también permite, para el caso de Máster, incluir a externos como miembros del tribunal (se habilita en la configuración de la ERT, parámetro Posibilidad de incluir a un profesional externo como miembro del tribunal).

En estos casos el usuario no tendrá acceso a la aplicación desde la Intranet-UPV, pero sí tendrá acceso desde el siguiente enlace (https://aplicat.upv.es/tfgtfm-app).

Botonera:

  •  Aceptar: pinchando en este botón se guardan los cambios y el tribunal adquiere el estado de definitivo. En este estado, ya se estará en condiciones de asignarlo a actos de defensa.

Al guardar el tribunal, se comprobará que el número máximo y mínimo de miembros se ajuste a los parámetros definidos en la ERT, así como que existe un presidente y un secretario.

...