- -

Árbol de páginas

Versiones comparadas

Clave

  • Se ha añadido esta línea.
  • Se ha eliminado esta línea.
  • El formato se ha cambiado.

...

c) Estar en posesión de un título conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación, que acredite un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles de grado, y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El título deberá estar debidamente legalizado. La formalización de la legalización se podrá realizar a lo largo del año académico de la matrícula, quedando la matrícula en estado de aceptación provisional hasta la presentación de la misma.

 
Excepcionalmente:

  • La Dirección Académica del Título Propio puede solicitar la admisión a los estudios conducentes a Títulos Propios de posgrado a aquellos candidatos que, no ostentando una titulación universitaria y acreditando los requisitos legales para cursar estudios en la universidad, estén ejerciendo o hayan ejercido labor profesional superior a tres años que guarde relación con el programa de estudio al que se pretende acceder. Los alumnos matriculados en estas condiciones solo podrán obtener un certificado de Aprovechamiento por los estudios superados, pero no podrán optar a la obtención de ningún Título Propio de Posgrado. Estos alumnos no podrán superar el 15% de las matrículas de la correspondiente edición del Título Propio.
  • Excepcionalmente se admitirán con la consideración de matrícula provisional, estudiantes de las titulaciones de grado que tengan pendiente superar menos de 30 ECTS (incluido el Proyecto Final de Carrera), no pudiendo optar a ningún certificado de los módulos ni a la expedición de su Título Propio hasta la obtención de la titulación correspondiente.

...