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Orientación: la orientación del TFG/TFM indica si se trata de un trabajo de índole "profesional" o "investigadora". Todos los TFG y los TFM de títulos que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas deberán tener una orientación "profesional". En el resto de los casos, el TFM podrá tener orientación "profesional" o "investigadora". Esta condición marcará la composición del tribunal de defensa ya que, para los TFM con orientación "investigadora", todos los miembros del tribunal deben tener la calificación de "Doctor"
Nota Solamente pueden tener orientación "investigadora" los másteres no habilitantes.
El tipo de orientación del trabajo no influye para el acceso a estudios posteriores de Doctorado.
En el caso de ser requerido el título de Doctor y no se muestre en los listados de selección de Tutor/Cotutor/Externo/Experimental, se deberá un Polisolicita al Vicerrectorado de Profesorado y Ordenación Académica UPV (VPOA) al siguiente enlace, acreditando que la persona lo es.
. Solamente pueden tener orientación "investigadora" los másteres no habilitantes.
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