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    • La fecha de fin de solicitudes de alumnos no puede ser ni inferior a 10 días ni superior a 20 días a la fecha de comienzo de solicitudes.
    • La fecha de asignación por la ERT no puede ser menor que la fecha de fin de solicitud de alumnos

Tener en cuenta que este proceso envía las siguientes notificaciones (en caso de que esté una o varias de ellas activadas):

    • Publicación de la oferta por la ERT a los alumnos: Envia la notificación a los alumnos matriculados en la asignatura TFG/TFM de la titulación asociada al plazo.
    • Publicación de un plazo de oferta: Si la publicación la realizar el centro, el destinatario es el propio Centro y Departamentos con docencia en el centro y en la titulación del plazo de oferta; y si la publicación la realiza el Departamento/Instituto el destinatario es el propio Departamento/Instituto.
    • Modificación de alguna de las fechas de solicitud de alumnos correspondientes a un plazo: Si la publicación la realizar el centro, el destinatario es el propio Centro y Departamentos con docencia en el centro y en la titulación del plazo de oferta; y si la publicación la realiza el Departamento/Instituto el destinatario es el propio Departamento/Instituto.


  • Guardar como borrador: se guardarán los datos del plazo, pero no se publican.
  • Anular: si todavía no se han publicado los datos, será posible anular el plazo. No se podrán anular plazos que tengan información asignada (propuestas o tribunales).
  • Tandas de oferta: se aplica a los plazos con trabajos de oferta pública, y se usan para definir un periodo de tiempo durante el cual los alumnos a los que no haya sido posible asignarles una de sus selecciones iniciales pueden elegir entre el excedente de trabajos.
  • Cancelar: descartará los datos del plazo introducidos.

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